Personas jurídicas en Ecuador

Son entidades ficticias, capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles por sí mismas, son representadas judicial y extrajudicialmente por otras personas. Poseen un patrimonio diferente al de quienes la crean, administran y/o forman parte de ella. 

 

Según el Código Civil (art. 564, 566 y 1963) hay de tres tipos de personas jurídicas: Corporaciones, Fundaciones de beneficencia y las Sociedades (civiles o mercantiles) Las dos primeras se regulan en el Código Civil, y las sociedades dependiendo de su naturaleza se regulan por el Código Civil o a través de la Ley de Compañías y supletoriamente el Código Mercantil. 

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